Los contratos de alquiler en España pueden variar según su duración y propósito. A continuación, enumeramos las diferencias clave entre un contrato de alquiler de vivienda temporal y uno de alquiler residencial:
- Tipos de Alquiler de vivienda:
- Alquiler Temporal: Este tipo de contrato se celebra para un uso distinto al de vivienda permanente. Hay diferentes ejemplos, como los alquileres de verano, estancias estudiantiles durante el curso universitario o viviendas para trabajadores desplazados por motivos laborales. También es habitual mientras se realizan obras en la vivienda habitual.
- Alquiler Residencial: En este caso, el destino primordial es satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino, su vivienda habitual.
2. Duración del Contrato:
- Alquiler Temporal: Suele ser de corta duración, por días, semanas, meses o una temporada específica, hasta un máximo de 11 meses. (Ejemplo: sustitución laboral hasta fin de baja).
- Alquiler Residencial: Tiene una duración más prolongada y está diseñado para satisfacer la necesidad permanente de vivienda. Actualmente contempla hasta 5 o 7 años según el tipo de arrendador, más extensiones pactadas hasta 3 años más.
3. Protección al Inquilino:
- Alquiler Temporal: Ofrece menos protección legal al inquilino. Las normas pueden ser más flexibles.
- Alquiler Residencial: La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) otorga mayor protección al arrendatario.
4. Libertad de Pactos:
- Alquiler Temporal: Las partes tienen más libertad para acordar condiciones específicas.
- Alquiler Residencial: La LAU establece ciertas normas que deben respetarse y no se pueden alterar.
- Grupo de Trabajo sobre Alquileres de Temporada: La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha presidido reuniones del Grupo de Trabajo para la regulación del alquiler de temporada. El objetivo es establecer mecanismos que eviten eludir la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y proteger los alquileres temporales genuinos, como los de estudiantes o trabajadores temporales.
- Desarrollo del Artículo 3 de la LAU: Se busca clarificar la figura de los arrendamientos temporales para evitar fraudes o abusos de ley. Habrá causalidad para proceder a este tipo de contratos.
- Registro de Contratos Temporales: Los contratos temporales (incluyendo alquileres de temporada, turísticos, habitaciones o embarcaciones flotantes) deberán registrarse para el arrendamiento de corta duración a través de una Plataforma de Registro Único de Alquileres de Corta Duración, cumpliendo con el Reglamento de la Unión Europea.




