¿ITP o IVA? Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda, garaje, trastero, local o solar en España

Introducción

Para comprar en España una vivienda, un trastero, una plaza de garaje, un local comercial, un solar o incluso una nave industrial, cada operación está sujeta a impuestos distintos según varios factores. Uno de los errores más comunes es desconocer si corresponde pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Este artículo pretende resolver las dudas más frecuentes relacionadas con estos tributos y explicar de forma clara y práctica en qué casos se paga ITP y en cuáles aplica el IVA. También abordaremos cómo varía la fiscalidad según el tipo de inmueble, quién lo vende y si es una primera o segunda transmisión.

1. ITP e IVA: los dos grandes impuestos en la compraventa de inmuebles

Las operaciones de compraventa de inmuebles están gravadas principalmente por uno de estos dos impuestos:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplica generalmente cuando el vendedor es un particular y la operación no está sujeta a IVA. Su tipo impositivo varía por comunidad autónoma, y suele situarse entre el 6% y el 10% del valor del inmueble.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se aplica cuando el vendedor es un empresario o profesional, especialmente en inmuebles de nueva construcción o primera transmisión. El tipo es del 10% para viviendas y del 21% para locales, naves o solares.

Ambos impuestos son mutuamente excluyentes: si la operación está sujeta a IVA, no se paga ITP (aunque sí el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, AJD).

Tipo de impuesto¿Cuándo se aplica?Tipo impositivo
ITPVenta entre particulares6%-10% (según Comunidad autónoma)
IVAPrimera entrega, venta por promotor/empresa10% (viviendas) / 21% (otros)

2. ¿Quién vende?: Clave para saber si se aplica IVA o ITP

Uno de los factores más determinantes es la identidad del vendedor:

  • Si el vendedor es un particular: se aplica ITP, ya que no se considera una operación sujeta a IVA.
  • Si el vendedor es una empresa, promotora o profesional: normalmente se aplica IVA, especialmente si es la primera entrega del inmueble.

Un mismo inmueble puede estar sujeto a un impuesto distinto dependiendo de quién lo venda. Por eso es esencial conocer esta condición antes de firmar cualquier contrato.

3. El tipo de inmueble: así cambia el impuesto

Viviendas

  • Primera transmisión (obra nueva): IVA del 10% + AJD (1% a 1,5% según la comunidad).
  • Segunda o posteriores transmisiones: ITP, variable según la comunidad autónoma.

Garajes y trasteros

  • Vinculados a la vivienda (máx. 2 plazas): tributan igual que la vivienda.
  • Comprados por separado: pueden estar sujetos a ITP o IVA, según si quien vende es un particular o promotora. Además, si se adquieren más de 2 plazas de garaje pueden tributar al 21% de IVA.

Locales comerciales

  • Primera entrega por promotora: IVA al 21% + AJD.
  • Resto de ventas: ITP, salvo que ambas partes sean profesionales y se renuncie a la exención de IVA.

Solares y terrenos

  • Venta por promotora o empresa: IVA del 21%.
  • Venta entre particulares: ITP.

Naves industriales

  • Se aplica la misma lógica que en locales comerciales y solares. Si el comprador es profesional, puede aplicar la inversión del sujeto pasivo y deducirse el IVA.

4. Compraventas entre profesionales o empresas: reglas especiales

Cuando ambas partes son empresarios o profesionales, puede aplicarse un régimen especial:

  • Renuncia a la exención del IVA: el vendedor puede renunciar a la exención, lo que permite aplicar IVA (21%) en lugar de ITP.
  • Esta opción es habitual cuando el comprador también es profesional y puede deducirse el IVA soportado.

Esto se conoce como «inversión del sujeto pasivo», donde es el comprador quien ingresa el IVA a Hacienda, permitiendo su deducción inmediata si cumple los requisitos fiscales.

5. Casos frecuentes que generan dudas (resueltos)

  • ¿Compro un garaje usado por separado? → Normalmente ITP, salvo que lo venda una empresa y sea una primera entrega.
  • ¿Un particular puede aplicar IVA? → No, solo empresarios/profesionales pueden aplicar IVA.
  • ¿Un trastero en promoción nueva pero no vinculado a vivienda? → IVA al 21%.
  • ¿Compro un solar a una empresa? → IVA del 21%. A un particular, ITP.

6. Cómo saber qué impuesto corresponde en tu caso

Sigue esta lista para saber qué tributo aplica:

  • ¿Quién vende? ¿Particular o empresa?
  • ¿Es una primera transmisión o no?
  • ¿Qué tipo de inmueble es?
  • ¿Eres particular o empresa?
  • ¿Existe opción de renunciar a la exención del IVA?

Consulta el Catastro y Registro de la Propiedad, y si tienes dudas, pide asesoría fiscal o acude al notario.

7. Tipos impositivos por comunidad autónoma (tabla)

Comunidad AutónomaITP generalITP reducido (jóvenes, vivienda habitual)AJDIVA vivienda
Comunidad Valenciana10%8% o 6%1,5%10%
Madrid6%5% o 4%0,75%10%
Cataluña10%5%1,5%10%

(Consulta las bonificaciones actualizadas en la web de Hacienda autonómica)

8. Consejos para no pagar de más

  • No firmes sin saber si se aplica IVA o ITP.
  • Si compras como profesional, estudia la opción de renunciar a la exención del IVA.
  • Pide que el notario refleje claramente el régimen fiscal en la escritura.
  • Verifica si el inmueble está afecto a actividad económica, en cuyo caso puede haber ventajas fiscales.

Conclusión

Conocer los impuestos que se deben pagar al adquirir un inmueble no solo evita sanciones, sino que puede suponer un importante ahorro económico. Tanto si compras una vivienda como si se trata de un local, trastero o nave industrial, lo fundamental es saber quién vende, si es primera transmisión y qué uso se dará al bien. En operaciones pequeñas como trasteros o plazas de garaje, estas diferencias fiscales pueden pasar desapercibidas, pero tienen consecuencias muy reales.

Consultar a un notario o asesor fiscal es siempre una decisión acertada.

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