El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo autonómico que se aplica principalmente a la compra de viviendas de segunda mano. En la Comunidad Valenciana, este impuesto tiene una normativa específica y un procedimiento que conviene conocer bien para evitar errores o sanciones. Es un impuesto que se aplica únicamente a las personas compradoras, los vendedores tienen sus propios impuestos.
En este artículo te explicamos cómo tramitar el ITP de inmuebles paso a paso, qué plazos debes cumplir, qué documentación necesitas y cómo podemos ayudarte a gestionar todo el proceso de forma rápida, legal y sin complicaciones.
1. ¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?
El ITP grava las transmisiones de bienes inmuebles cuando el vendedor no es una empresa o profesional (es decir, cuando la operación no está sujeta a IVA). En otras palabras, si compras una vivienda de segunda mano, deberás pagar el ITP.
En la Comunidad Valenciana, este impuesto está gestionado por la Agencia Tributaria Valenciana (ATV), cuya sede principal se encuentra en la Ciudad Administrativa 9 d’Octubre, Torre 1, Calle de Castán Tobeñas, 77, 46018 Valencia. También dispone de delegaciones en Alicante y Castellón, dependiente de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

2. Cuándo se debe pagar el ITP
El plazo para presentar y pagar el ITP es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura pública de compraventa ante notario. Es muy importante cumplir este plazo, ya que superarlo puede implicar recargos, intereses o sanciones.
3. Tipos impositivos del ITP en la Comunidad Valenciana (solo inmuebles)
El tipo general del ITP en la Comunidad Valenciana para la compra de inmuebles es del 10% sobre el valor real del bien transmitido (normalmente, el valor declarado en la escritura o el valor de referencia catastral, si es superior).
Sin embargo, existen tipos reducidos en ciertos casos:
- 8% si se trata de la vivienda habitual de una familia numerosa, persona con discapacidad o menor de 35 años (siempre que cumpla los requisitos de renta y valor máximo del inmueble).
- 6% si se compra una vivienda protegida (VPO) o si se cumplen determinados criterios sociales.
Puedes consultar los tipos actualizados en el Portal Tributario de la Generalitat Valenciana.
4. Paso a paso para tramitar el ITP en la Comunidad Valenciana (compra de inmuebles)
Paso 1. Reunir la documentación necesaria
Antes de presentar el impuesto, asegúrate de tener:
- DNI/NIE del comprador y del vendedor.
- Escritura pública de compraventa (original o copia simple).
- Recibo del IBI o referencia catastral del inmueble.
- Justificante del pago del precio (transferencia, cheque bancario, etc.).
- Documento bancario acreditando la cuenta desde la que se realizó el pago (si se presenta telemáticamente).
Paso 2. Calcular la base imponible
La base imponible del ITP es el valor real del inmueble, que desde 2022 se corresponde con el valor de referencia catastral publicado por la Dirección General del Catastro. Si el valor declarado en la escritura es inferior a ese valor de referencia, Hacienda aplicará este último para calcular el impuesto.
Paso 3. Cumplimentar el modelo 600
El modelo 600 es el formulario oficial que sirve para autoliquidar el impuesto. En él deberás indicar los datos del comprador, vendedor, tipo de operación, valor del inmueble y tipo impositivo aplicable.
Se puede cumplimentar:
- Telemáticamente, desde la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana.
- Presencialmente, descargando el modelo y presentándolo en una oficina de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV).
Paso 4. Pagar el impuesto
El pago del ITP puede hacerse:
- De forma telemática, con tarjeta o mediante cargo en cuenta bancaria.
- En una entidad colaboradora, como CaixaBank, Banco Sabadell, BBVA, Banco Santander, Ibercaja o Cajamar, si se presenta el modelo en papel.
Guarda el justificante de pago, ya que lo necesitarás para el siguiente paso.
Paso 5. Presentar la autoliquidación
Debes presentar el modelo 600 junto con la escritura y el justificante de pago ante la Agencia Tributaria Valenciana. Esto puede hacerse:
- Telemáticamente, si tienes certificado digital o sistema Cl@ve.
- Presencialmente, solicitando cita previa en la oficina correspondiente.
Una vez validado el trámite, recibirás el resguardo de autoliquidación sellado, que será necesario para registrar la propiedad a tu nombre.

5. Errores frecuentes al tramitar el ITP de inmuebles
Estos son los errores más habituales que vemos en las compraventas:
- Presentar fuera de plazo (más de 30 días hábiles). Si se presenta fuera del plazo legal, se puede solucionar abonando el impuesto cuanto antes junto con los recargos por presentación extemporánea (del 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso hasta los 12 meses) o los intereses de demora si han pasado más de 12 meses. Si Hacienda detecta el retraso antes de que se subsane voluntariamente, puede imponer sanciones de entre el 50% y el 150% de la cuota impagada.
- Declarar un valor inferior al valor de referencia catastral, lo que provoca comprobaciones y liquidaciones complementarias. En este caso, la ATV emitirá una liquidación complementaria exigiendo la diferencia y los intereses correspondientes. El contribuyente puede presentar alegaciones o recurso si considera que el valor de referencia no se ajusta al valor real. Si no se regulariza voluntariamente, pueden añadirse sanciones por infradeclaración.
- No aplicar correctamente los tipos reducidos. Si se aplica un tipo reducido sin cumplir los requisitos (por ejemplo, no destinar la vivienda a residencia habitual), se puede rectificar la autoliquidación y pagar la diferencia antes de que lo haga Hacienda. Si la Administración lo detecta primero, además del importe pendiente, se aplicarán recargos e intereses.
- Falta de documentación o errores en los datos del modelo 600. La falta de documentación puede solventarse aportando los documentos requeridos en un trámite de subsanación. Generalmente no implica sanción si se corrige dentro del plazo indicado, aunque un retraso prolongado puede demorar la inscripción registral o el proceso de comprobación.
Evitar estos fallos te ahorrará tiempo, dinero y posibles revisiones por parte de Hacienda.
6. ¿Quién me puede gestionar el ITP de inmuebles?
Las notarías suelen ofrecer el servicio de presentación de la documentación y liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), de modo que el comprador no tiene que hacerlo por su cuenta. Este servicio garantiza que la autoliquidación y el pago se realicen correctamente y dentro de plazo.
En Fincas Girbés podemos ayudarte en toda la parte previa a la compraventa, asesorándote sobre los pasos a seguir, los gastos asociados, la preparación de la documentación necesaria y la correcta valoración del inmueble. Así te aseguras de que, cuando llegue el momento de la firma, todo esté en orden y puedas dejar el resto del proceso en manos de la notaría.
7. Enlaces de interés y fuentes oficiales
- Agencia Tributaria Valenciana (ATV) – Modelo 600 y tramitación del ITP
- Sede electrónica de la Generalitat Valenciana – Presentación telemática del modelo 600
- Catastro – Consulta del valor de referencia
Conclusión
Tramitar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la compra de una vivienda en la Comunidad Valenciana es un paso esencial tras la firma de la escritura. Aunque el procedimiento parece sencillo, los detalles importan, y un error puede derivar en un coste adicional elevado.
Contar con un servicio profesional especializado en impuestos inmobiliarios te garantiza que todo el proceso se haga correctamente, sin retrasos y cumpliendo con la normativa vigente. En nuestro caso, podemos ayudarte en los pasos previos a la tramitación del impuesto, como la preparación de la documentación, la revisión de la escritura o el cálculo del valor de referencia, mientras que las notarías suelen encargarse de la presentación y liquidación del ITP ante la Agencia Tributaria Valenciana.




