
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es una de las cargas fiscales más importantes a tener en cuenta cuando se compra una vivienda usada o se realiza cualquier transmisión patrimonial entre particulares. Aunque es un impuesto estatal, su gestión y tipos impositivos están cedidos a las comunidades autónomas, por lo que en la Comunidad Valenciana existen particularidades que conviene conocer.
En este artículo encontrarás una guía completa, clara y actualizada para el año 2025 sobre el ITP en la Comunidad Valenciana: qué es, quién lo paga, cuánto se paga y qué normativa lo regula. Además, incluimos una tabla comparativa con los tipos aplicables en diferentes supuestos, incluidas las bonificaciones.
¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)?
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un tributo que grava, entre otros, la compra de bienes inmuebles de segunda mano, es decir, cuando el vendedor no es una empresa promotora sino un particular.
No se aplica en las viviendas nuevas, donde lo que se paga es el IVA. En las viviendas usadas, el ITP sustituye al IVA.
¿Quién debe pagar el ITP?
El ITP lo paga el comprador del bien o derecho transmitido. Este tributo no se reparte, no es negociable y su pago es obligatorio para formalizar legalmente la operación. En concreto:
– En la compra de una vivienda de segunda mano: lo paga el comprador.
– En la cesión de un vehículo usado: lo paga quien adquiere el coche.
– En el arrendamiento de un inmueble: lo paga el inquilino, aunque desde 2019 se encuentra exento en la mayoría de los contratos de alquiler de vivienda habitual.
¿Qué normativa regula el ITP en la Comunidad Valenciana?
Aunque el impuesto está recogido en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, del Estado, la gestión y regulación de los tipos y bonificaciones corresponde a cada comunidad autónoma.
En el caso de la Comunidad Valenciana, la normativa aplicable incluye:
– Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat.
– Las Leyes de Presupuestos de la Generalitat Valenciana de cada ejercicio.
– Resoluciones y circulares interpretativas de la Agencia Tributaria Valenciana.
¿Cuánto se paga de ITP en la Comunidad Valenciana?
El tipo general de ITP en la Comunidad Valenciana para la compraventa de inmuebles es del 10% sobre el valor de la vivienda. Sin embargo, existen tipos reducidos y bonificaciones en función del tipo de bien, la condición del comprador y el uso del inmueble.

Tipos Impositivos del ITP en la Comunidad Valenciana (2025)
| Tipo ITP | Casuística | Requisitos | Ejemplo |
| 10% (general) | Compra de vivienda habitual o no habitual | No se cumplen requisitos para reducción | Compra de vivienda por 200.000 € sin cumplir requisitos especiales → ITP: 20.000 € |
| 8% | Compra de primera vivienda habitual por menor de 35 años | Edad < 35 años, valor de la vivienda > 180.000 €, base liquidable ≤ 30.000 € (individual) o ≤ 47.000 € (conjunta) | Compra de vivienda por 190.000 € cumpliendo requisitos → ITP: 15.200 € |
| 6% | Compra de primera vivienda habitual por menor de 35 años | Edad < 35 años, valor de la vivienda ≤ 180.000 €, base liquidable ≤ 30.000 € (individual) o ≤ 47.000 € (conjunta) | Compra de vivienda por 170.000 € cumpliendo requisitos → ITP: 10.200 € |
| 4% | Vivienda habitual para familias numerosas, monoparentales, personas con discapacidad ≥65% o víctimas de violencia de género | Valor de la vivienda > 180.000 €, base liquidable ≤ 30.000 € (individual) o ≤ 47.000 € (conjunta) | Familia numerosa compra vivienda por 200.000 € cumpliendo requisitos → ITP: 8.000 € |
| 3% | Vivienda habitual para familias numerosas, monoparentales, personas con discapacidad ≥65% o víctimas de violencia de género | Valor de la vivienda ≤ 180.000 €, base liquidable ≤ 30.000 € (individual) o ≤ 47.000 € (conjunta) | Persona con discapacidad compra vivienda por 150.000 € cumpliendo requisitos → ITP: 4.500 € |
¿Qué se considera “vivienda habitual”?
Para poder acceder a los tipos reducidos, es imprescindible que la vivienda adquirida tenga el carácter de vivienda habitual del comprador. Debe ser:
– El lugar de residencia efectiva y permanente del comprador.
– Utilizada en plazo máximo de 12 meses desde la adquisición.
– Mantenida como vivienda habitual durante mínimo 3 años.
¿Cómo se calcula el ITP?
Aunque se calcula aplicando el porcentaje sobre el precio de compraventa, la administración puede comprobar que dicho valor no sea inferior al valor de referencia catastral. Si el precio de compra es menor que el valor de referencia, la Generalitat puede reclamar el ITP correspondiente al valor de referencia.
¿Cuándo y cómo se paga el ITP?
– Plazo: 30 días hábiles desde la firma.
– Modelo: Modelo 600.
– Presentación: Agencia Tributaria Valenciana o sede electrónica.
– Documentos: Escritura, DNI/NIF, modelo 600 y justificante de pago.
¿Se puede pagar el ITP online?
Sí, a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
¿Qué pasa si no se paga el ITP?
Se incurre en infracción tributaria y la administración puede reclamar el pago con recargos e intereses, iniciar comprobación de valores o impedir la inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿Qué bonificaciones existen en 2025?
– Jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad.
– Autónomos que compran inmueble para iniciar actividad.
– Fincas rústicas para jóvenes agricultores.
¿Qué pasa si compro una vivienda nueva?
No se paga ITP, sino IVA (10%) y Actos jurídicos documentados (1,5% en la Comunidad Valenciana).
Te podemos ayudar con el ITP y tus trámites.
En Fincas Girbés te ayudamos a calcular correctamente el ITP, identificar si puedes aplicar bonificaciones y presentar el modelo 600 sin errores.
Si vas a comprar una vivienda en la Comunidad Valenciana, te asesoramos paso a paso para que no pagues de más y cumplas con todos los requisitos legales.
Conclusión: conoce tus derechos y obligaciones antes de comprar
El ITP es un impuesto clave al adquirir una vivienda usada en la Comunidad Valenciana. Conocer bien los tipos, bonificaciones y plazos puede ayudarte a ahorrar miles de euros y evitar problemas legales. La clave es informarse bien y contar con asesoramiento profesional si no tienes experiencia en este tipo de trámites.




